jueves, 20 de noviembre de 2014

¿Qué es la ciencia?


Hola de nuevo! Vuelvo al blog con algo de retraso –disculpadme...–, esta vez para reflexionar sobre la idea de ciencia.

Cerré mi última entrada con unas contundentes y demoledoras palabras de Kirchmann que cuestionaban sin paliativos el carácter científico de la pretendida “ciencia jurídica” o “ciencia del Derecho”.

Lo que no conté fue el contexto en que aquella idea apareció y las objeciones que enseguida se sucedieron frente a la misma. Pues bien, en la primera mitad del siglo XIX surgieron y se desarrollaron con fuerza las corrientes del positivismo y cientificismo, que acabaron por situar a las ciencias naturales como las ciencias por excelencia, como el modelo para el resto de ciencias. Y ello debido a su carácter exacto, a su vocación de permanencia. Por contra, es innegable que el Derecho se encuentra en constante evolución y cambio.

Así, lo que viene a decir Kirchmann es que al estar vinculada la ciencia jurídica a la legislación y variando esta a voluntad del legislador, la obra del jurista deviene efímera y éste no puede aspirar a descubrir nada real y permanente. Las leyes generales que rigen otras ciencias son imposibles de hallar aquí.

Es cierto que son numerosos los cambios legislativos que a diario se producen: las normas cambian, son reformadas, derogadas y sustituidas por otras, etc. Pero estos cambios no son tan drásticos como pudiera parecer. Por poner un par de ejemplos, la base de nuestro sistema se encuentra en el Derecho romano y una norma de gran relevancia como es el Código Civil data de 1889. El sistema jurídico no cae y se levanta de un día para otro y los conceptos y métodos que se aplican para su estudio tienden a permanecer estables. De este modo y al contrario de lo que suele creerse, el estudio del Derecho no consiste en memorizar las normas, sino en ser capaz de analizarlas, comprenderlas, sistematizarlas e interpretarlas de forma racional, con independencia de que estas cambien. Y es precisamente en la aplicación de ese método donde radica el carácter científico del Derecho.

Tras la lectura de los textos propuestos esa es la principal conclusión que he extraido: la cientificidad de un determinado objeto, es decir su carácter científico o no, está relacionada con el método que aplicamos para su estudio. Pero más allá de autoconvencerme de que realmente estoy haciendo ciencia, veo muy difícil que esta concepción cale entre la gente, ya que la idea de ciencia asociada en exclusiva a las ciencias naturales está muy arraigada.

Por otro lado, me ha gustado mucho el texto referido al progreso indefinido de la ciencia. Yo creo que esa verdad que buscamos a través de la ciencia es relativa, que lo que hoy tenemos por incuestionable en el futuro puede resultar falso, y por ello la ciencia siempre va a continuar progresando; siempre surgirán nuevos problemas –la capacidad del ser humano para crearlos es ilimitada...– que habremos de abordar y resolver.

Lo dejo aquí... nos vemos mañana!

lunes, 10 de noviembre de 2014

Comentario de un tuit

Este es el tuit que he elegido:

virginia yonkers phd @Comprof1
The power of "I don't know." Great analysis. http://www.edutopia.org/blog/power-i-dont-know-heather-wolpert-gawron … #adjunctchat #phdchat #AcWriMo

El poder de un "no lo sé". Imposible recordar la cantidad de veces que habré oído esa respuesta cuando un profesor planteaba alguna cuestión en clase. Una vez, en el Instituto, recuerdo que uno por uno, todos fuimos diciendo esas tres palabras mágicas. En ocasiones, solución fácil y rápida para librarse del esfuerzo mental que supone tener que elaborar una respuesta que en muchos casos será tachada de incorrecta. Otras veces, evidencia de no haber estudiado lo suficiente, o simplemente no haber estudiado.

Sin embargo, el artículo al que enlaza este tuit plantea que la respuesta "no lo sé" no tiene que interpretarse de forma negativa como un fracaso de los alumnos (al no encontrar una respuesta para algo que quizás sí deberían saber) y de los profesores (por no haber conseguido transmitir sus conocimientos).

Subyace la idea de que los profesores no tienen por qué saberlo todo y su labor también ha de consistir en lograr que sean sus propios alumnos los que aprendan a encontrar por sí mismos la respuesta que buscan. Para ello se destaca el papel que en la actualidad desempeñan plataformas como google o wikipedia a la hora de conseguir esas respuestas. En este sentido, competencias y habilidades destinadas a la correcta selección de la información resultan de gran importancia.

Ese "enseñar a aprender" adquiere especial relevancia, en mi opinión, en la enseñanza del Derecho. Una cita muy conocida entre los juristas dice: “tres palabras del legislador y bibliotecas enteras se convierten en basura". ¿De qué serviría entonces haber memorizado los textos que contenían aquellas bibliotecas? Por cierto, la cita en cuestión también se encuentra relacionada con el tema que estamos empezando a estudiar en este curso, ya que aparece dentro de la obra que Julius von Kirchmann tituló tajante "La jurisprudencia no es ciencia".

Primera entrada del blog

Hola! Después de una breve pelea con mi ordenador, ha llegado el momento de estrenar el blog. La verdad es que la explicación en clase sobre como crear un blog me pareció muy sencilla pero a la hora de llevarlo todo a la práctica ... digamos entre conseguir llegar a la página de blogger y ponerlo todo un poco bonito he excedido un poco los 8 - 10 min. que nos costó aquel día.

Pero, en fin, ya estamos aquí con muchas ganas de seguir aprendiendo!

Me llamo Jacobo y este es mi primer año como doctorando. Tras terminar la licenciatura en Derecho, estudié el máster en acceso a la abogacía, todo ello en la UPNA.

Decidí empezar con el doctorado por una mezcla de diferentes motivos, entre los que destacaría el interés por especializarme en un ámbito concreto dentro de la amplitud del Derecho y una cierta vocación investigadora, ya que siempre me había atraído la idea de llegar a ser doctor.

El tema de mi tesis, que todavía tengo que terminar de concretar y perfilar, se encuentra dentro del Derecho del medio ambiente. En concreto, estoy estudiando el régimen de responsabilidad por daños medioambientales y el deber de reparación que surge cuando estos daños tienen lugar. Y en forma de pregunta: ¿cómo interviene o de qué mecanismos dispone el Derecho para conseguir restablecer el medio ambiente dañado a su situación original?