El tema que más me ha llamado la atención de los propuestos ha sido el que se refiere a la estructura típica de los artículos científicos; nuevamente nos hallamos en un terreno en que el Derecho presenta sus peculiaridades.
Admito que nunca había oído hablar de la estructura IMRAD. Al principio ha vuelto a sonarme como algo totalmente ajeno al campo de la investigación jurídica, pero a medida que iba leyendo sobre este tipo de estructura he pensado que, al fin y al cabo un artículo jurídico en cierto modo también se adapta a la misma. Ha sido entonces cuando me ha picado la curiosidad y me he decido por echar un vistazo al repositorio de la UPNA (academica-e.unavarra.es) en busca de artículos científicos pertenecientes a otras disciplinas. Ha sido la primera vez que veía este tipo de artículos y me ha sorprendido como al estar claramente estructurados siguiendo la forma IMRAD resultan mucho más fáciles de leer y comprender.
En Derecho, los autores tienden a utilizar un formato más libre y los artículos se estructuran en función del tema a tratar. En la mayoría de los casos sí que se sigue una estructura consistente en una introducción, seguida del cuerpo del trabajo y completada con las conclusiones que cabe extraer del estudio. Pero todavía pueden encontrarse artículos en los que la estructura anterior no se respeta. Es más frecuente que los artículos jurídicos respondan a lo que en las lecturas se denomina “artículos de revisión”. Como señala PÉREZ MONFORT en este tipo de artículos la introducción es algo más extensa y se eliminan las secciones de materiales y métodos y de resultados, poniendo especial atención en la discusión.
Podría decirse que en la actualidad la estructura IMRAD está penetrando poco a poco en el campo del Derecho, pero con algún matíz. La estructura que comienza a implantarse consiste en un resumen inicial de unas 250 palabras, al que siguen las palabras clave (entre 5 y 10 palabras referidas a conceptos que se abordan en el trabajo); después encontramos un sumario o índice de contenidos; introducción; cuerpo del trabajo y conclusiones.
De este modo se facilita notablemente la lectura, así como la búsqueda y selección de la información que realmente nos interesa. En mi opinión, dado el volumen de producción científica que existe en la actualidad la simplificación y uniformidad en la estructura de los artículos ciéntificos se impone como una necesidad a la hora de hacer más sencillas las labores de documentación.
Muchos autores comienzan a insistir en el objetivo de reducir la complejidad que en general presenta el estudio del Derecho. Creo que la normalización de estructuras como la que se acaba de apuntar contribuiría lograr este objetivo.
Pero la otra asignatura pendiente en este sentido se refiere al uso de un lenguaje más sencillo. Debe interiorizarse la idea de que los trabajos científicos no son obras literarias. El lucimiento del autor a la hora de presentarse como un erudito escritor debe dejarse a un lado, para pensar un poco en el lector y centrarse en la comprensibilidad del mensaje que se intenta transmitir. La sencillez en el lenguaje no esta reñida con el rigor técnico.
La estructuración de los textos es de gran valor. Aunque hay quien lo ve como una restricción a la creatividad, en realidad facilita mucho la lectura, que es lo importante, especialmente de documentos científicos. Me alegro de que en Drecho se vaya avanzando en ese terreno. Para vosotros es para los que la "exposición" a las costumbres de otros colegas resulta más sorprendente, sin duda.
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